El miércoles 13 de agosto vence el plazo establecido por el Tribunal Oral Federal 2 para que los condenados en la causa Vialidad abonen la suma de $684.000 millones en concepto de reparación por los delitos cometidos. Sin embargo, la cuenta judicial abierta en el Banco Nación para tal fin se encuentra sin movimientos. Si la situación no cambia, el tribunal procederá con la ejecución de los bienes embargados a los acusados para cubrir el monto.
Los jueces advirtieron que la medida es «consecuencia del proceso de determinación fehaciente del daño producido al erario público» y que se ejecutará bajo apercibimiento de avanzar sobre los bienes necesarios. Dado que la reparación se considera de carácter «solidario», los condenados deberán ponerse de acuerdo entre ellos sobre el valor que cada uno aportará, sin que la suma se divida en partes iguales.
La situación se vuelve particularmente compleja en el caso de la expresidenta Cristina Kirchner, cuyo patrimonio fue cedido a sus hijos, Máximo y Florencia, en 2016. Actualmente, su único ingreso declarado es su jubilación, lo que dificulta el embargo directo de sus activos. No obstante, la Justicia ya mantiene embargos sobre los bienes de la exmandataria en la causa Hotesur-Los Sauces, un expediente conectado con el de Vialidad, que ascienden a 6 millones de dólares en efectivo, 50 propiedades y varios vehículos.
El TOF 2 podría ahora solicitar la ejecución de los bienes identificados por los fiscales, que incluyen múltiples cuentas bancarias y plazos fijos en distintos bancos. Una opción más compleja para la Justicia sería cuestionar la herencia anticipada a sus hijos, intentando demostrar que se hizo para evadir futuras condenas.
En este contexto, Cristina Kirchner inició una causa ante el fuero de la Seguridad Social para que se le restituya su jubilación de privilegio y la pensión vitalicia que el Gobierno le dio de baja por la condena en Vialidad. La defensa de la expresidenta argumentó que esta decisión constituye una vulneración de su «derecho alimentario», de su «subsistencia» y de su «derecho a la vida», ya que no tiene otros medios de subsistencia. Sin embargo, se estima que, incluso si se embargara una parte de su pensión, el monto sería insignificante para cubrir el total de la reparación exigida.