En en el día de ayer se llevó a cabo un conservatorio sobre la Ley 27.452 de Reparación Económica para niños, niñas y adolescentes y personas con discapacidad sin límite de edad (Rennya) cuyas madres o personas que estaban a cargo de sus cuidados fueron víctimas de femicidios u homicidios derivados de violencia de género o intrafamiliar


La implementación de esta ley en el distrito surgió a partir de la presentación del proyecto de expresión de beneplácito en el Concejo Deliberante por parte de la concejal Marcia González, donde se aprobó la adhesión a la ley.

Del conversatorio participaron la subsecretaria del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación, Carolina Varsky; la directora de la UDAI-ANSES, Rosario Belaustegui; la responsable de la Secretaría de la Mujer de Pilar, Eva Molina, y la concejal Marcia González.

La titular del Ministerio de las Mujeres, Varsky destacó que “Con la implementación de herramientas de este tipo a lo largo del territorio seguimos trabajando para lograr un país más justo a través de un Estado que acompaña a quienes están en riesgo por situación de violencia de género”.

Por su parte, Eva Molina remarcó la importancia de esta actividad: “Hoy dimos a conocer la existencia de esta ley, el contexto de su sanción e importancia para toda la comunidad. A partir de esta legislación, las hijas, los hijos de víctimas de femicidios tienen derecho a acceder a una asignación equivalente a un haber jubilatorio mínimo. Esto habla de un Estado que busca reparar el grave daño que sufren las víctimas de violencia de género o de violencia intrafamiliar”.

Por su parte, la concejal González remarcó otro de los objetivos de esta iniciativa: “Permite identificar en forma conjunta posibles obstáculos en el acceso al régimen de reparación y trabajar en la mejor forma de facilitar y agilizar los trámites, así como para el seguimiento y acompañamiento integral de quienes se encuentren en esta situación tan vulnerable”.

Es un trámite que se inicia desde ANSES, donde se recepciona la documentación y se genera el expediente electrónico. En este sentido, la representante local de este organismo, Rosario Belaustegui, afirmó: “Esta actividad permitió brindar información sobre los requisitos para comenzar el trámite, la documentación a presentar y dónde obtenerla, así como las vías de comunicación para solicitud de turnos, consultas y seguimiento del trámite”.

Este beneficio alcanza a los hijos e hijas en los casos en que el padre, madre o progenitor haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género; la persona victimaria haya sido procesado/a y/o condenado/a con sentencia firme o se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por homicidio del progenitor.

Lo cobrará directamente el hijo entre los 18 y hasta los 21 años o bien la persona adulta responsable que quede a cargo del menor de edad o con discapacidad sin límite de edad.