La ley Ómnibus establece la eliminación del tributo de aduana del 50% del valor del artículo, siempre que su ingreso al país no tenga fines comerciales.
El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo modifica las condiciones para traer productos importados cuando se ingresa al país. En base a esos cambios, no se pagará ningún impuesto por ingresar artículos al regresar de un viaje siempre que los mismos sean para uso personal y su importación no tenga fines comerciales, sin importar su precio.
El Congreso analizará la propuesta que, propone eliminar el sistema actual en el que existe una franquicia de USD 500 dólares para ingresar productos y, por encima de ese monto, se deberá pagar “un tributo único y unificado del cincuenta por ciento (50 %) de su valor en aduana”, según la norma que dice el proyecto que actualmente se busca derogar.
Si entra en vigencia el proyecto, no se pagará impuesto alguno. “Las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo”, dice uno de sus artículos.
“Si se ingresa una PlayStation de 600 dólares más un Apple Watch de 400 dólares, por ejemplo, suma USD 1.000 menos USD 500. Sobre los USD 500 que excede, paga el 50%. De aprobarse el proyecto de ley que se acaba de enviar al Congreso no va a existir esa franquicia de 500 dólares. Directamente, el viajero podrá traer todo lo que quiera para uso personal sin límite de franquicia. No va a tener que pagar ese 50% por sobre el excedente de 500 dólares cuando viaje vía aérea o marítima. Para viajes terrestres o fluviales actualmente la franquicia es de 300 dólares”, explico el tributarista Sebastián Domínguez
El proyecto impulsa, además, una simplificación para el viajero que regresa a la Argentina: elimina el trámite de llenar un formulario en el que se declaran los artículos ingresados y su presentación ante los funcionarios de la Aduana.