Ingresá a la nota para enterarte cómo seguirá la cuarentena en nuestro municipio hasta el 28 de junio.
El Gobierno nacional extendió el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” hasta el 28 de junio como respuesta al aumento de contagios, especialmente en el AMBA. Sin embargo, la situación en Tres de Febrero tendrá algunas modificaciones con respecto a las últimas semanas porque fueron habilitadas nuevas actividades, industrias y comercios de cercanía.
En el Boletín Oficial, se mencionan distintos rubros autorizados, siempre bajo un estricto protocolo sanitario y de seguridad para tomar precauciones contra el coronavirus. “En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”, indica el texto.
Además se estableció que “los desplazamientos de las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad, servicio o profesión exceptuados”. También agrega: “La patronal deberá garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”.
¿Cuáles son las actividades y comercios permitidos?
- Alimentos (almacén, carnicería, verdulería, otros)
- Artículos Electrónicos
- Artículos para el hogar
- Bazar / Decoración
- Bicicleterías
- Casa de Loterías
- Cotillón
- Dietética
- Farmacia
- Ferias Francas de abastecimiento barrial
- Ferretería / Pinturerías
- Imprenta / Estudios gráficos
- Inmobiliarias
- Lavadero de ropa
- Lavaderos de autos
- Librería
- Materiales eléctricos
- Materiales para la construcción / Aberturas / Sanitarios
- Mercería
- Mudanzas (sólo dentro de Tres de Febrero)
- Nutrición
- Oficina de correos
- Ópticas
- Ortopedia
- Parada de diarios
- Perfumerías / Artículos de limpieza
- Relojería / Joyería
- Servicios de informática / insumos de computación
- Servicios de salud (Nutrición, Oftalmología, Kinesiología,
- Fonoaudiología, Fisiatría, Psicología y Terapia Ocupacional)
- Servicios profesionales (contadores, abogados y actividad notarial)
- Taller mecánico
- Venta de bicicletas
- Venta de motos
- Venta de autos en agencias oficiales
- Venta de repuestos
- Veterinaria / Pet Shop
- Viveros
IMPORTANTE: los comercios que tengan permitida la venta al público deberán cumplir con las normas que indica el protocolo sanitario: cantidad máxima de personas por local, uso obligatorio de tapabocas y respetar la distancia social de 1.5 metros.
Además es obligatorio que coloquen un cartel en las vidrieras de sus negocios donde indiquen la cantidad de personas permitidas en su interior. Les dejamos un diseño para que puedan descargar e imprimir:
Sólo con delivery
- Comercios gastronómicos de cualquier índole
- Venta minorista de productos textiles
- Prendas y accesorios de vestir
- Calzado
- Juguetes
- Artículos de esparcimiento y deportes
Actividades no permitidas por la Provincia de Buenos Aires
- Peluquerías, centros estéticos y barberías
- Casa de tatuajes
- Bares / restoranes
- Gimnasios
- Construcción
- Salones multieventos
- Cine / teatro
- Clases presenciales (de cualquier tipo)
- Establecimientos educativos
- Otros
¿Qué sectores y rubros industriales están habilitados?
- Automotriz y autopartes
- Metalúrgica, maquinarias y equipos
- Plásticos y Subproductos
- Fabricación de zapatos
- Gráfica, ediciones e impresiones
- Electrónica y electrodomésticos
- Productos textiles
- Química y Petroquímica
- Celulosa y papel
- Indumentaria
- Madera y muebles
Si pertenecés a alguno de estos rubros y querés solicitar tu autorización, debés llenar un formulario electrónico y una Declaración Jurada.
Protocolos sanitarios
Las industrias, actividades y comercios barriales que están habilitados para volver a trabajar tienen que cumplir con normativas estipuladas en distintos protocolos sanitarios. Por eso, te compartimos este listado para que puedas leer el correspondiente a cada rubro:
¿Quiénes y cómo pueden circular?
Personas sin permiso para circular
Como establece Decreto 297/2020, las personas sólo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. En estos casos no requerirán permisos de circulación. Es obligatorio el uso de “tapaboca” y respetar la distancia social de 1,5 metros. No podrán hacer traslados interjurisdiccionales ni tomar transporte público. Los menores de edad sólo pueden acompañar a sus padres a realizar sus compras en los comercios de cercanía y no se permiten salidas recreativas.
Personas con permiso para circular
Las personas que se encuentran exceptuadas del cumplimiento del ASPO (Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio) y de la prohibición de circular deberán contar con una certificación que acredite su condición frente a la autoridad competente en el caso de ser requerido. Por decisión del gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, es obligatorio contar con el permiso para circular (https://www.argentina.gob.ar/circular) y descargar en el celular la aplicación CuidAR, que funcionará como permiso de desplazamiento durante la cuarentena, tanto para el traslado vehicular o en transporte público. Esta será válida únicamente para aquellas personas cuyas tareas estén dentro de las exceptuadas de acuerdo con los últimos decretos oficiales.