Se trata del grupo de hombres que fue sorprendido en las canchas de un club de pilar
El juez federal de Campana Adrián González Charvay procesó a catorce hombres que el 28 de junio pasado fueron hallados en las canchas de padel del Club Atlético Pilar violando el aislamiento obligatorio decretado por la pandemia de coronavirus.
Aquel día, la Base Operativa Fuerzas Federales PBA -Pilar- “Zona Norte” de la Gendarmería Nacional Argentina recibió una denuncia a partir de un llamado anónimo realizado a la línea 134. En ese llamado explicaban que había unas 20 personas preparadas para jugar en el club situado en la ruta Provincial 8 y Las Rosas, en Pilar Centro.
Allí fue la Gendarmería a realizar un procedimiento y halló a 14 hombres. Entre ellos se destacaba la presencia de Fernando Lauría, quien hasta aquella tarde era funcionario público: ocupaba el cargo de Secretario General y de Economía de la Municipalidad de Tigre. Lauría fue hasta el lugar en una camioneta Amarok de la Municipalidad de Tigre. Cuando se hizo pública su presencia en el club de padel fue echado por el intendente Julio Zamora.
Cuando llegaron los gendarmes, según el procesamiento firmado por González Charvay, Lauría manifestó ser amigo y contador de Claudio Herreros que tenía la concesión del club. Agregó que no estaba jugando al padel sino que había ido allí a retirar unos elementos. Lauría aparece como “fiador” o “garante” del contrato por el que Herreros se quedó con la explotación del Club Atlético Pilar. Y el juez consideró que se pudo haber valido de su condición de funcionario público para pasar los controles de tránsito establecidos por la pandemia.
Lauría y Herreros negaron haber organizado un torneo de padel. Algunos de los imputados se negaron a declarar. Pero otros dijeron que habían sido convocados para jugar. Pero que no pensaron que iba a haber más de cuatro personas y que no habían comenzado a jugar cuando llegó la Gendarmería.
El juez determinó que los 14 procesados “violaron el día 28 de junio del corriente año, las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 dictado el pasado 19 de marzo, y subsiguientes, los cuales fueron dictados con el objeto de proteger la salud pública del Estado Nacional impidiendo la introducción o propagación de la pandemia identificada como coronavirus Covid-19, estableciendo a dicho fin el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él, así como también, las actividades que de carácter excepcional se encuentran exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular”.
Los jugadores de padel que violaron el aislamiento fueron procesados por el delito contemplado en el artículo 205 del Código Penal, que castiga con penas que van de los seis meses a dos años de prisión a quien “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
El procesamiento sin prisión preventiva recayó sobre Lauría, Herreros, Ignacio Mariano Amui Amorena, Jonatan Marcelo Correa, Ignacio Francisco Ulloa, Felipe Hernán Llerena, Jorge Marcelo García, Gustavo Federico Melnyk, Jorge Francisco Correa, Matías Ezequiel Medina, Fabián Daniel Córdoba, Alfredo José Drago, Adrián Ignacio Chanteiro y Sergio Fabián Torres. González Charvay estableció un embargo de 300.000 pesos para Lauría y Herreros y de 100.000 pesos para el resto de los procesados.
En otra resolución, el juez rechazó el pedido que hicieron algunos imputados para “suspender el juicio a prueba”, es decir para acceder a lo que se conoce como “probation”. En tanto, otros de los imputados pidieron la conciliación y reparación del daño ocasionado. El fiscal federal de Campana Sebastián Bringas se opuso a los pedidos de los imputados y el juez González Charvay rechazó lo solicitado.