Es la primera vez que un distrito bonaerense cuenta con un organismo de dichas características.
A partir de esta nueva ordenanza, que ya fue promulgada por el Ejecutivo Municipal, todos aquellos titulares de emprendimientos urbanísticos del distrito que quieran comercializar lotes o viviendas, tendrán un plazo de 90 días para registrarlos en la Secretaría de Planificación e Infraestructura de Escobar antes de comenzar con la etapa de promoción y venta.
El proceso de inscripción consiste en la presentación de documentación que acredite la titularidad del dominio, constancia de inicio de obra ante la Municipalidad, el plano vigente, proyecto de la publicidad a realizar, y certificado de martilleros y corredores públicos que intervienen en la venta, entre otros requisitos.
De esta manera, el nuevo Registro permitirá ordenar la situación catastral de los propietarios de emprendimientos y dar una respuesta a la problemática de los vecinos que desean adquirir una vivienda y muchas veces caen en manos de estafadores que se aprovechan de su buena fe.